El sector del ladrillo ha favorecido el crecimiento de nuevos ricos que gestionan grandes patrimonios. Si eres uno de ellos, un asesor fiscal te puede ser de mucha utilidad. La complejidad del entramado legal que rodea la fiscalidad requiere de un profesional que te pueda asesorar correctamente. No tomar las decisiones correctas podría provocar que tu gasto en impuestos fuera demasiado elevado.

Gestionar grandes patrimonios de forma eficiente

Cuidar el patrimonio necesita que te rodees de los mejores profesionales, especialmente en tiempos de crisis como la del coronavirus. La legislación fiscal es realmente cambiante y, por tanto, es importante que te puedas anticipar de forma adecuada antes que sea demasiado tarde. Recientemente, el PSOE y Unidas Podemos han puesto sobre la mesa el impuesto a las grandes fortunas. Este deja exento la primera vivienda hasta un valor de 400.000 euros. A partir de aquí grabará hasta un 2 % los patrimonios de un millón de euros, y hasta un 3,5 por ciento si supera los 100 millones de euros.

Sin embargo, la alta presión fiscal también prevé que haya cambios en otros impuestos que afecten a tu patrimonio, así como el de donaciones o sucesiones. Por ello, es necesario reorganizar y optimizar todas tus estructuras patrimoniales para que Hacienda no te pueda dar ningún susto. Los asesores fiscales te ayudan a organizar tu ahorro, de manera que cuando llegue el momento de pagar impuestos como la Declaración de la Renta puedas estar preparado.

En muchas ocasiones, tener el dinero en tu cuenta corriente no es la mejor solución para gestionar tu patrimonio. Por ello, muchas veces también puedes tener un asesor financiero que te diga donde invertir y donde no hacerlo. El resultado de tus inversiones va a tener un efecto en tu fiscalidad y, por ello, un experto también te guiará sobre como actuar. Se puede invertir a corto, medio y largo plazo.

En cada uno de los recorridos encontrarás una solución distinta. Por ejemplo, un plan de pensiones te permite desgravar parte de tu Declaración de la Renta pero, en cambio, cuando quieres retirarlo deberás pagar todos los impuestos que no has pagado con anterioridad. Por ello, a corto plazo te beneficia pero a largo plazo te puede perjudicar. Esto combinado con otros productos financieros puede aportarte una mejor fiscalidad en todos los plazos posibles.

 

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Soluciones que te aporta un asesor fiscal

Los impuestos locales varían según la localización, al igual que por ejemplo el impuesto de Sucesiones. Conocer el marco legal te permitirá tomar decisiones de forma adecuada sobre donde situar el patrimonio. Generalmente, cuando tienes un gran patrimonio también tendrás una fiscalidad mucho más compleja. Incluso, puede variar con el paso del tiempo. Tu asesor fiscal te guiará en todos los pasos a seguir para acabar pagando lo menos posible.

En muchas ocasiones, puedes apostar por la creación de empresas o incluso invertir en diferentes negocios con el principal propósito de reducir tu carga fiscal. Sin embargo, sin el asesoramiento adecuado puedes acabar consiguiendo un efecto totalmente contraproducente. Sin ir más lejos, la Comunidad de Madrid es considerada como una región realmente beneficiosa a nivel fiscal. Por un lado, cuentas con tramos inferiores en el IRPF respecto a otras Comunidades Autónomas. Además, la banca privada suele bonificar al 99 por ciento en sucesiones, y hasta un 100 % en patrimonio.

Actualmente, existen muchas jugadas que se pueden hacer para conseguir una fiscalidad más benévola sin saltarse la ley. Por ello, contar con el correcto asesor fiscal te permitirá cuidar mucho más tu patrimonio.

¿Te has visto afectado alguna vez por un expediente de regulación de empleo? ¿Lo vas a estar en los próximos días? Si es así, aunque tu empresa se haya acogido a este procedimiento, quizá no conozcas las condiciones de un ERE y cuándo pueden los ERTE convertirse en ERE. Te aportamos todos los detalles.

 

Qué es un ERE y las condiciones para que una empresa pueda aplicarlo

Los ERE están pensados para que todo tipo de organizaciones eviten problemas de solvencia reduciendo las horas de trabajo de sus empleados o incluso prescindiendo de ellos. En definitiva, es un mecanismo que se usa para reducir la plantilla de una empresa cuando la misma pasa por dificultades.

Dependiendo de las causas por las que la organización desee prescindir de sus empleados, estaríamos hablando de tres tipos de ERE, que se detallan a continuación.

ERE de extinción. Dentro de este mecanismo, es el más habitual. Es altamente conocido como despido colectivo, esto es, cuando la compañía quiere despedir a todos o a parte de su plantilla. Para aplicar este ERE, la compañía puede alegar causas económicas (pérdidas contables o futuras, cuando durante tres trimestres seguidos los ingresos sean menores a los anteriores), técnicas (si hay cambios en la producción) y organizativas (cuando se produzcan cambios en sistemas o métodos que usan los trabajadores para desempeñar su puesto).

La organización debe presentar una propuesta al comité de empresa o a los representantes laborales con toda la documentación que justifique el ajuste de empleo, aceptando o no esta propuesta. Si se acepta, los despidos salen adelante y, si no, se lleva a la justicia competente para que actúe. Los empleados recibirán una indemnización y, además, podrán solicitar paro.

ERE de suspensión. Es el segundo más importante. El de suspensión se lleva a cabo cuando, de manera temporal, se suspende la relación entre la empresa y el trabajador. Como en el caso anterior, la suspensión puede ser de manera temporal o definitiva.

ERE de reducción de jornada. Como su propio nombre indica, este expediente de regulación de empleo se da cuando la compañía desea reducir las horas que figuran en el contrato de sus trabajadores. Eso sí, siempre debe ser durante un periodo determinado.

Los dos últimos tipos, que son menos frecuentes, pueden tratarse de ERTE, expediente de regulación temporal de empleo. Llegados a este punto, ¿puede un ERTE convertirse en un ERE definitivo? Te damos la respuesta.

¿Un ERTE puede convertirse en ERE?

En un principio, no. No obstante, sí puede ocurrir (pese a que el Gobierno, en la crisis del coronavirus, ha prohibido los despidos seis meses después tras el estado de alarma) si la empresa decide cerrar por completo tras el ERTE, por lo que cada trabajador deberá percibir una indemnización por despido.

 

Asesoría sobre Ere y Erte

 

Si persisten los problemas económicos, las empresas pueden verse abocadas a presentar concurso de acreedores, por lo que las compañías presentarían un ERE y los empleados tendrán que acudir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) para recibir parte de la indemnización por despido laboral.

Algunas empresas que se han visto afectadas por la pandemia del COVID-19 no han presentado ningún ERTE, puesto que el Gobierno prohíbe los despidos al menos durante los próximos seis meses. Así, las organizaciones que han optado por este camino podrán despedir sin objeciones mediante ERE.

Ya conoces las condiciones o razones por las que una empresa puede presentar un ERE y los tipos que existen, las cuales no debes confundir con un ERTE. Sin embargo, recuerda que un ERTE sí puede convertirse en un ERE pese a la prohibición del Gobierno de España.

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Con la crisis económica (además de sanitaria) de la COVID-19, los ingresos del Estado van a caer en picado: se va a recaudar menos dinero en concepto de IVA e IRPF. Por este motivo, Unidas Podemos ha lanzado una propuesta: un nuevo impuesto de patrimonio para las grandes fortunas. Idea polémica, que ha causado un revuelo político importante en el país. ¿Qué se está proponiendo de verdad? Sigue leyendo y conoce todos los detalles.

El nuevo impuesto de patrimonio que propone Unidas Podemos

Pese a que la formación presidida por Pablo Iglesias haya asegurado que este nuevo impuesto es para cubrir parte del agujero generado por la crisis de la COVID-19, lo cierto es que en su programa electoral ya quedaba recogido (en el punto 261) la creación de este impuesto para la redistribución de la riqueza.

Esta propuesta lleva realizándola Unidas Podemos desde hace unos años y, ahora, en plena crisis del coronavirus, pretende impulsarla para minimizar la caída de ingresos. Medida que está siendo ya duramente criticada por diferentes sectores económicos, quienes consideran que desincentiva el ahorro, criminaliza el esfuerzo del trabajo e impulsará el desvío de capital a paraísos fiscales.

Con todos estos datos encima de la mesa, ¿qué propone dicha formación exactamente? En primer lugar, destacamos que este impuesto recaería sobre las grandes fortunas, quedando exentas de su pago todas aquellas personas que tengan una vivienda valorada en menos de 400 000 euros. Para patrimonios por encima de un millón de euros, el gravamen llegaría al 2 %; en el caso de patrimonios netos superiores a 10 millones, el porcentaje a aplicar sería el 2,5 %; en el caso de patrimonios por encima de 50 millones, se pagaría el 3 % ,y los situados por encima de los 1000 millones, cargarían con el 3,5 %.

¿Cuál es objetivo de este nuevo impuesto?: recaudar 11 000 millones de euros, equivalentes al 1 % del PIB del país. Pese a las críticas, especialmente de la oposición y con cierto recelo de Pedro Sánchez, cabe destacar que este impuesto también está en la mente de la Unión Europea. No obstante, los expertos aseguran que la estimación de ingresos que ha realizado el partido morado es irreal: multiplica por diez lo recaudado anualmente, hasta ahora, por el impuesto de patrimonio y, por otro lado, no tiene en cuenta el desplome del 30 % de la renta variable en el ejercicio 2020 (que afecta, directamente, a la valoración del patrimonio de miles de inversores).

Impuestos de patrimonio

España expulsaría a los millonarios y multimillonarios con este impuesto

Según los expertos consultados, España conseguiría recaudar una mínima parte de la previsión establecida por Unidas Podemos, pero además ahuyentaría al capital privado, el cual declararía su dinero en paraísos fiscales o en países donde el nuevo impuesto al patrimonio sea menor o incluso inexistente. De hecho, Portugal ha atraído a 28 000 grandes patrimonios en los últimos meses al bajar su tributación al 0 %. Un posible riesgo de implantar este impuesto en España sería que las grandes fortunas derivaran su patrimonio al país vecino u otros.

Por lo tanto, de implantarse la medida, según los analistas, España quedaría en desventaja si, además, la UE no apuesta por este impuesto al patrimonio de manera generalizada en todo el territorio.

El nuevo impuesto de la riqueza, ideado por Unidas Podemos, plantea crear nuevos tipos tributarios para las rentas o patrimonios superiores a los 400 000 euros. La intención es recaudar cerca de 11 000 millones de euros para afrontar parte del déficit fiscal previsto por la merma de ingresos provocada por el coronavirus. Este impuesto ha sido criticado por irreal.

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Los impuestos en el 2020, debido a la crisis sanitaria, tendrán un carácter excepcional en algunos casos. El gobierno ha ido incorporando ciertas modificaciones en el ámbito tributario en pos de facilitar la liquidación por parte de particulares y empresas y la viabilidad económica de estas últimas. Vamos a explicarte bien las novedades más destacadas. Toma nota.

1. Rectificación del IVA en 1T y de los pagos fraccionados a causa de la pandemia

En la sede electrónica de la Agencia Tributaria es posible solicitar una revisión de los pagos fraccionados del modelo 202. También del IRPF en estimación objetiva (mod. 131), así como de las autoliquidaciones asociadas al modelo 303. Estas modificaciones han surtido efecto a partir del Real Decreto-ley 15/2020 para las iniciativas empresariales y autónomos que soportan un volumen de operaciones en el año anterior que no supere los 600 000 €.

2. Medidas de apoyo a la economía y el trabajo introducidas por el Real Decreto-ley 15/2020 del 21 de abril

Detallamos, a continuación, otras medidas fiscales introducidas para apoyar a la economía:

  • El contribuyente tiene la alternativa de cambiar la modalidad de cálculo de los Pagos Fraccionados del IS.
  • También puede renunciar al régimen conocido como «módulos» a lo largo de este año. En el cálculo no se contarán como días de ejercicio aquellos que transcurrieron durante el estado de emergencia.
  • Puedes beneficiarte de un tipo cero en el IVA de las dotaciones sanitarias (temporal).
  • Tipo del 4 % para la adquisición de medios de prensa, ya sean escritos u online.
  • No se considerará un ingreso el acceso al Fondo de Educación y Promoción de las Cooperativas si la razón fue contrarrestar los efectos de la crisis.
  • Abaratamiento de las tasas de actividad, de ocupación y de buque.
  • Queda ampliado el período para la Interposición de Recursos y Reclamaciones, que estará suspendido hasta el último día de mayo, por lo que el plazo comenzará a partir de esta fecha.
  • A todos los niveles, es decir, local, autonómico y central, se suspenden los plazos estipulados para la prescripción de cualquier punto concretado por la ley tributaria desde el 14 de marzo hasta el 30 de mayo de este año. Este período no contará en aquellos casos en los que haya un procedimiento ejecutivo en marcha por parte de la administración.
  • Si lo necesitas, podrás retener el inicio del marco temporal de tu declaración y no realizar el ingreso oportuno en plazo voluntario; eso sí, tendrás que acreditar que has solicitado financiación a partir del aval del Estado para su pago.

3. Aplazamiento extraordinario para pymes y autónomos

Tal y como se recoge en el Real Decreto-ley 7/2020 (12 de marzo), las pequeñas y medianas empresas y los autónomos podrán beneficiarse de una aplazamiento en su declaración si el plazo de ingreso está comprendido entre el 13 de marzo de este año y el 30 de mayo, siempre y cuando no superen los 30 000 € (sumando todas las liquidaciones aprobadas del contribuyente).

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4. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2019

Por la Orden HAC/253/2020 (3 de marzo), se fijan los procesos de modificación y presentación de borradores del IRPF correspondientes al ejercicio 2019. Este mismo texto establece los medios oportunos telemáticos o de carácter telefónico para llevar a cabo los trámites comentados.

En definitiva, lo mejor para estar al tanto de las novedades que tendrán lugar este año en materia impositiva, es contar con asesores expertos que te ayuden a tramitar la documentación oportuna para pedir aplazamientos o exenciones, en caso de que resulte procedente.