En momentos de incertidumbre económica como el actual, uno de los mayores temores de los trabajadores es el despido laboral. Este despido puede ser de dos tipos, claramente diferenciados: procedente o improcedente, cada uno de los cuales debe cumplir con una serie de condiciones legales y respetar los derechos del empleado.
¿Qué entendemos exactamente por despido improcedente?
Los despidos improcedentes son aquellos en los cuales el empleador decide dar por finalizado el contrato de trabajo de un empleado de manera unilateral sin presentar un motivo o una causa justificada. Por ejemplo, cuando se toma esta decisión antes de que un contrato haya finalizado de manera formal.
¿Cuáles son las condiciones para que sea considerado despido improcedente?
En el anterior párrafo explicábamos, de manera general, en qué consiste esta clase de despidos, pero ¿cuáles son las condiciones de un despido improcedente? Son las siguientes:
No cumplir con los requerimientos legales
Cada tipo de despido debe alinearse con la legislación vigente y poseer unas características determinadas, que se encuentran recogidas dentro de los artículos del 51 al 55 del Estatuto de los Trabajadores. Además, todos los despidos deben cumplir con estas condiciones:
- Explicar las razones y motivos por los que se decide llevar a cabo el despido.
- Recoger la fecha a partir de la cual se hace efectivo el despido.
- Entregar la carta de despido al trabajador en mano y por escrito.
Las razones dadas no justifican el despido
Cuando la empresa presenta una serie de razones que no están debidamente justificadas. El empleador no se ha basado en causas objetivas demostrables. En estos casos, el empleado está en su derecho de recurrir dicho despido, pues es la palabra de la empresa contra la de él.
El despido está basado en una razón discriminatoria
Se considera una decisión discriminatoria cuando se basa en uno o varios de los siguientes motivos:
- Se basa en la edad, raza o sexo del empleado.
- La decisión vulnera sus libertades públicas o sus derechos fundamentales.
- Vulnera los derechos relacionados con la conciliación familiar y la maternidad.
- Vulnera las condiciones propias de los representantes de los trabajadores.
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¿Cuáles son las consecuencias de este despido?
- La empresa debe readmitir al trabajador con las mismas condiciones que tenía antes del despido y respetar su antigüedad dentro de la empresa. Además, si no ha recibido ningún tipo de indemnización, deberá recibir un salario de tramitación correspondiente a los días en los que ha estado sin trabajar.
- De no ser así, la empresa debe pagar una indemnización al empleado. Esta indemnización variará dependiendo de la antigüedad del trabajador en la empresa. Además, si cumple con los requisitos estipulados en el Servicios Público de Empleo Estatal, tendrá derecho a paro.
Es importante aclarar que en los despidos improcedentes la empresa no está obligada a readmitir al empleado, por lo que será suficiente con que pague la indemnización correspondiente por ley.
¿Cuál es la indemnización según la normativa vigente?
Si te encuentras en esta situación, debes tener en cuenta el año que empezaste a trabajar. Si lo hiciste antes de 2012, tu indemnización será calculada en dos tramos. Por los años previos a esta fecha recibirás 45 días por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades, mientras que por los años posteriores tendrás derecho a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 meses.
Es recomendable que tengas claras las condiciones de este tipo de despido, así como la indemnización que te corresponde. De esta manera, estarás debidamente informado en caso de encontrarte en esta difícil situación.