¿Cómo puedo calcular mi pensión de jubilación? Seguro que más de una vez te has hecho esta pregunta, especialmente si ya llevas unos años de vida laboral. Te explicamos qué factores debes tener en cuenta para saberlo.

Conceptos para el cálculo de mi pensión

1. Tiempo de cotización

Lo primero que debes tener en cuenta es si empezaste a cotizar tarde en el sistema o has tenido lagunas en tus años de cotización. De ser así, puede que no cobres el 100 % de tu pensión por no haber alcanzado el período suficiente de cotización.

Cuanto más tiempo estés fuera del mercado laboral, ya sea por decisión propia o por haber estado en paro en diversas ocasiones, mayor será tu pérdida de ingresos cotizables.

2. Los cambios laborales

Si en nuestra vida laboral pasamos por una época de crisis, lo más probable es que acabemos perdiendo nuestro trabajo y reincorporándonos al mercado como autónomos o en un puesto inferior. Esto hace que el nivel de cotización cambie y disminuya. Si esto sucede en los últimos 25 años laborales, la situación todavía será peor.

3. Número de años cotizados

El número de años que debes cotizar a la Seguridad Social para tener derecho a una pensión es de 15, con los que conseguirás un 50 % de las cotizaciones. Para tener derecho al 100 %, necesitarás en la actualidad 37 años de cotización.

4. La base de cotización

Para conocer la base de cotización sobre la que se va a calcular tu jubilación, puedes acceder a tu informe del INSS o solicitar que se te envíe el documento por correo. Es fundamental para saber cuál será tu base reguladora.

5. Actualización de las bases de cotización con el IPC

Además de conocer las bases de cotización, es importante que actualices las más antiguas con el IPC, desde el mes 25 hacia atrás.

6. Suma de las bases

Una vez actualizadas las bases de cotización, es necesario sumarlas una a una para conocer cuál será tu pensión de jubilación.

7. La base reguladora

La suma de todas las bases de cotización de tu vida laboral se divide entre 336 para determinar la base reguladora de tu pensión.

8. El porcentaje aplicable

Este es otro factor clave para conocer tu futura pensión de jubilación. Ten en cuenta que, si no llegas a los 35 años de cotización (que serán 37 en el 2027) necesarios para cobrar el 100 % de tu pensión, la ley establece un sistema de porcentajes en progresión por los meses trabajados que te dirá cuánto cobrarás.

9. Factor de sostenibilidad

A partir del 2019, la cuantía de las pensiones se ajusta con la aplicación del criterio de sostenibilidad para asegurar la continuidad del sistema. Cuantos más años pasen, más evidente será la pérdida de ingresos que implique para las personas que vayan a jubilarse.

Perspectivas de futuro

Si acabas de leer todos estos conceptos económicos que van a determinar el cálculo de tu futura pensión de jubilación, probablemente te sientas un poco abrumado. La verdad es que toda esta información no tiene por qué afectarte de manera específica en tu caso, por lo que no tienes que alarmarte a priori. Lo más recomendable es que tengas en cuenta todos estos factores y consultes con un experto sobre qué pueden representar para ti. De esta manera, sabrás si necesitas tomar algún tipo de decisión que pueda ayudarte a mejorar tus ingresos como, por ejemplo, aumentar tu base de cotización.

Ahora que ya sabes qué conceptos influyen de manera directa en la prestación de jubilación, no tienes por qué preocuparte con preguntas parecidas a «¿cómo puedo calcular las pensiones?». ¡Ya puedes hacerte una idea de tu futuro económico!

El impuesto del patrimonio data de 1991 (Ley 19/1991). Las tasas impositivas no han cambiado desde entonces. Mientras que en 1991 el tipo de interés en España era del 10 al 15 por ciento, ahora está en el 1 por ciento. Teniendo en cuenta que los activos gravados por este impuesto eran mucho más rentables de lo que son hoy, su impacto real ha aumentado significativamente como resultado. Te damos más datos a continuación.

¿De qué trata este impuesto?

El impuesto de la Agencia Tributaria sobre el patrimonio es de aplicación sobre el total de activos netos que posee una persona, independientemente de dónde se encuentren. La declaración se realiza de forma individual. No es posible una evaluación conjunta entre los cónyuges.

Determinación del valor

  • Propiedades

El mayor de los siguientes valores:

  1. Precio de compra.
  2. El fijado por las autoridades fiscales u otro organismo público valor fijo.
  3. Valor catastral.
  • Actividad económica
  1. Si las propiedades inmobiliarias están presentes en el balance, su valor debe determinarse de acuerdo con las reglas establecidas en el punto anterior.
  2. Si no existe contabilidad, los activos se valoran individualmente de acuerdo con las reglas de determinación de valor aplicables a cada uno de los activos.
  • Cuentas bancarias

El mayor de los siguientes valores:

  1. Saldo especificado al 31 de diciembre.
  2. El saldo medio del último trimestre del año.
  • Acciones de empresas que no cotizan en bolsa

Si el último balance fue auditado, se aplica este valor teórico de balance. Si el saldo no ha sido auditado o el auditor emitió un informe de opinión con salvedades, se aplicará el mayor de los siguientes valores:

  1. Valor nominal de las acciones.
  2. El valor teórico del último saldo cerrado.
  3. El resultado de la capitalización del 20 % (dividir por 0,20) de las ganancias medias de los últimos 3 años.
  • Acciones de empresas que cotizan en bolsa (incluidas letras de cambio, obligaciones y otros valores similares)

El valor promedio del cuarto trimestre de cada año.

  • Fondos de inversión
  1. El valor de liquidación se liquida al 31 de diciembre de cada año.
  2. Activos que deben agregarse al importe total del patrimonio a efectos de este impuesto que tratamos, que son las cuentas por cobrar de préstamos, derechos como usufructo, empeño, valores y garantías, vehículos, seguros de vida y bonos a corto y largo plazo.
  3. De los activos determinados de acuerdo con estas reglas, se deducirán las cargas y pasivos, incluidos los préstamos a valor nominal (sin intereses), incluida la deuda que se pueda tener con la oficina de impuestos.

¿Quién paga más?

En la actualidad, las personas más adineradas están sujetas al pago de importes bastante elevados en nuestro país. El artículo 31 de la Ley establece que el impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre la renta sumados no pueden exceder el 60 % de la base imponible del impuesto sobre la renta.

Impuesto de patrimonio: ¿cuánto se paga?

Al tratarse de un impuesto transferido, el tipo depende de cada comunidad autónoma. Debes tener en cuenta que se pueden aplicar bonificaciones que modifican la cuota.

Con el objetivo de que entiendas mejor las diferencias, seguidamente puedes ver algunos ejemplos:

  • Cataluña. Entre 0,21 % y 2,75 %.
  • Valencia. Entre 0,25 % y 3,12 %.
  • Andalucía, Cantabria y Galicia. Entre 0,24 % y 3,03 %.
  • Madrid. No paga cuota (bonificada al 100 %).
  • Asturias. Entre 0,22 % y 3 %.
  • Baleares del 0,28 % al 3,45 %.
  • Extremadura. Entre 0,3 % y 3,75 %.
  • Murcia. Entre 0,24 % y 3 %.

Ahora que ya tienes más claro qué es este impuesto que se ejerce sobre el patrimonio y qué activos graba, te será más fácil liquidarlo en caso de que estés obligado a ello.

Una de las dudas más comunes con respecto a la declaración en el contexto de los matrimonios y parejas de hecho es lo que refiere a la declaración conjunta. En ocasiones conviene llevarla a cabo, en otros supuestos, por el contrario, es recomendable presentarla de forma separada (esto es, individualmente). Ante esta situación, vamos a intentar mostrarte la casuística general de ambos casos, con tal de que cuentes con información suficiente para decidir por ti mismo.

¿Cuándo conviene realizar la declaración por separado?

En atención a lo que la Agencia Tributaria determina, puede afirmarse que los siguientes casos son aquellos en los que se recomienda presentar una tributación diferenciada por cada uno de los miembros de la pareja.

  • Cuando ambos cónyuges trabajan y ganan más del mínimo

Si ambos cónyuges trabajan y ganan más de 5550 euros en conjunto, lo conveniente es presentar el IRPF por separado, pues en ese caso se aplicará un mínimo de 5550 euros para uno y 5550 euros para el otro.

Es decir, en este supuesto, los cónyuges pueden beneficiarse de un mínimo diferente para cada uno de ellos, haciendo que la suma total acabe siendo de 11100 euros, y no sencillamente de 5550.

  • Cuando existe la posibilidad de deducir por alquiler o compra

Si se adquirió vivienda o se firmó un alquiler antes del año 2013 puede desgravarse determinada cantidad de dinero al presentar el IRPF. Si se tributa de forma conjunta, el máximo es de 1356 euros en total, si se tributa de forma individual, cada uno de los cónyuges podrá desgravar 1356 euros, por lo que se conseguirá el doble del beneficio.

En definitiva, si se da este tipo de situación, la cantidad que potencialmente puede desgravarse llega a alcanzar los 2712 euros en total.

¿Cuándo conviene realizar la declaración de forma conjunta?

A diferencia del caso anterior, es mejor presentar el IRPF de forma conjunta en los siguientes supuestos:

  • Sólo uno de los cónyuges trabaja

Si solo uno de los cónyuges trabaja, puede obtenerse un ahorro de 3400 euros en la renta si se hace de forma conjunta. Desde este punto de vista, resulta evidente que la presentación de un solo documento de impuestos para los dos miembros de la pareja será totalmente recomendable si uno de ellos no tiene empleo.

  • Si ambos cónyuges obtienen ingresos, en uno de los casos son bajos

En el caso en el que ambos cónyuges trabajen pero al menos uno de ellos no supere los mínimos establecidos por la ley puede seguir siendo beneficioso presentar la declaración de forma conjunta, aunque en este caso deberá solicitarse asesoramiento para contar con la seguridad suficiente.

  • Si ambos cónyuges invierten

La clave en este punto se encuentra sobre la posibilidad de compensar pérdidas. Y es que si uno de los cónyuges ha invertido y ha acabado obteniendo ganancias, pero el otro ha tenido un balance total con pérdidas, al presentar el IRPF de forma conjunta y no individual, se consigue que ambas inversiones sean vistas como una única. La consecuencia principal de este hecho es que ganancias y pérdidas se compensan.

Según los casos, esto tendrá como consecuencia que ni un solo euro de las ganancias tribute (pues las pérdidas son superiores), o bien que tributen en un porcentaje inferior (por el modo de funcionamiento de los tramos).

En conclusión, el ámbito de la tributación puede llegar a ser, en ocasiones, realmente complejo. Ante esta realidad, nada es más conveniente que contactar con asesores profesionales que puedan proporcionar las soluciones que se precisan para cada caso. Esto, sin duda, será sinónimo de ahorro total de tiempo y dinero.