En este artículo te explicaremos cómo amortizar un vehículo adquirido por una sociedad. Dado que los casos son diversos y la forma de contabilizar también, es aconsejable acudir a una asesoría de empresas para que te aconsejen sobre cómo proceder.

¿Cómo amortizar un vehículo?

La forma más habitual de amortizar un bien, en este caso un vehículo, es haciendo uso de las tablas de amortización mediante amortización lineal. Estas tablas determinan un porcentaje máximo lineal y un período máximo de amortización.

En BKF by Talenom, te asesoramos sobre cómo amortizar un vehículo adquirido por una sociedad. Agenda una reunión con nuestros especialistas para ver qué solución es la más apropiada en tu caso.

En cuanto al gasto deducible, debemos tener en cuenta que es preciso demostrar que el uso del vehículo va dirigido a la actividad económica de la sociedad, no a la vida privada. Además, la amortización de este gasto variará según su afección a la actividad económica.

Si nuestra sociedad adquiere un vehículo destinado a la actividad, el IVA soportado tendrá un carácter deducible del 50%, exceptuando que demostremos mediante herramientas legales que no va destinado a uso particular o que afecta a la actividad en un porcentaje distinto.

Llegados a este punto, es habitual que nos preguntemos qué tomaremos como base amortizable, ¿el valor facturado sin IVA?, o ¿le sumamos el IVA no deducible previamente comentado?

Para responder acudimos a la norma 2 de Registro y Valoración del PGC, la cual dictamina lo siguiente:

«Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública

Así, la base amortizable corresponderá al valor del bien (precio facturado – descuentos + gastos + lo no deducible del IVA soportado), yendo un 50% recuperable a la cuenta (472) IVA soportado, y un 50% de IVA no recuperable a la cuenta (218) Elemento de transporte.

¿Cómo deducir el vehículo en la contabilidad de la empresa?

Si buscas una asesoría en Madrid para saber cómo deducir un vehículo en la contabilidad de tu sociedad, debes saber que la deducción dependerá del tipo de vehículo y su afección en la actividad económica. Te lo explicamos a continuación.

Deducción vehículo de empresa

La deducción de un vehículo de empresa será de un 50%, ya que se presume que este es el porcentaje en el que afecta al desarrollo de la actividad. Por otro lado, es posible deducir todos los gastos relacionados con este inmovilizado material, como el combustible, el coste del parking o los peajes.

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Deducción vehículo afectados a un 100% por la actividad

Si conseguimos demostrar que el vehículo se ve afectado en un 100% por la actividad empresarial, podremos deducir el 100% del IVA de adquisición y los gastos de combustible, parking, mantenimiento…

No se trata de una tarea sencilla. Para demostrarlo deberemos aportar las pruebas necesarias según la ley que ciertamente acrediten que el vehículo afecta en su totalidad a la actividad. Por ejemplo, mediante rastreo o tickets de parking, entre otros.

Asimismo, se podrá deducir el 100% del IVA en el caso de que sea el comercial de la empresa quien vaya a hacer uso del vehículo.

Deducción vehículo usado

Nos referimos a la amortización de los vehículos de segunda mano. En este caso, se puede amortizar el 32% (cifra resultante si multiplicamos por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo, el que asciende al 16% en las tablas de amortización).

Si conocemos el precio de adquisición, el vehículo se podrá amortizar un 16% cada año. Mientras que, si desconocemos el coste de producción original o el precio de adquisición, lo tendrá que establecer un perito.

Como vemos, el registro de un vehículo en la contabilidad de una empresa da lugar a controversias. En estos casos, es aconsejable acudir a una asesoria contable en Madrid para tener nuestras cuentas perfectamente ajustadas.

Llega el fin de año y la cuenta atrás para los autónomos y las empresas. Llega la hora de los ajustes en las cuentas de las empresas para que todo cuadre y para pagar el mínimo en impuestos en el marco de lo que establece la Ley. ¿Cómo? Siguiendo unos consejos que no puedes perder de vista si eres una empresa y quieres acabar el año mejor de lo que lo empezaste.

Las empresas y cómo cerrar el año de la mejor manera posible

El primer consejo, en una asesoría de empresas, es que no dejes el cierre para el último momento. Podrás hacer un precierre con tiempo para hacerte una idea de por dónde van las cuentas de tu empresa. Será una manera, entre otras cuestiones, de detectar fallos como facturas pendientes. Es una forma de anticiparse y de ahorrar a la larga. Sin embargo, no es la única manera de ajustar cuentas y salir ganando.

1. Revisa las cuentas con lupa

Facturas duplicadas o posibles descuadres. Estos son solo dos de los ejemplos de lo que te puedes encontrar si no verificas bien la contabilidad anual. No olvides que estos errores puede que no te hagan ahorrar impuestos, pero sí que te enfrentes a consecuencias que terminan costando dinero.

2. Invierte para ganar

Si ves que has tenido beneficios, invertir o amortizar antes de que acabe el año es una manera de pagar menos impuestos. Se trata de poder incluir gastos deducibles para amortiguar los impuestos. Deducir pagos de créditos que hayamos pedido también es una manera igual de certera que la idea de invertir.

3. Comprueba las facturas impagadas

Este año no puedes olvidar que el impago de una factura se tiene que prolongar seis meses. Este plazo ahora es de 3 meses y en este caso estamos hablando de beneficios que son deducibles y sobre los que tendrás que poner la lupa. También es el momento de recuperar el IVA de las facturas impagadas. No hay que olvidar que este IVA termina siendo un impuesto ingresado, pero no recuperado.

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4. Conocer los incentivos fiscales

Si tu facturación es inferior a 10 millones de euros, aunque no lo creas en esto del ahorro, estás de suerte. Podrás beneficiarte de una serie de incentivos fiscales, como el que establece el artículo 102 de LIS. Un ejemplo de medidas que se pueden llevar a la práctica y que pueden suponer un considerable ahorro, te lo pueden explicar mejor en asesoría contable en Madrid con expertos.

5. Tener en cuenta las posibles compensaciones con respecto a cierres anteriores

Tanto si tienes beneficios como si no los tienes, tendrás que tener en cuenta lo que establece la normativa fiscal en esta materia. En términos generales podrás, con mermas, integrar y compensar con las pérdidas de ejercicios anteriores. Si lo que tienes son beneficios también podrás, dentro de unos límites, acogerte a una compensación que siempre será beneficiosa a la hora de calcular el pago de los impuestos correspondientes.

En cualquier caso y como conclusión, el conocimiento de todos los reglamentos, leyes, decretos y normativas es esencial para que el cierre de cuentas anual si tienes una PYME sea lo más beneficioso en la mercantil. Un beneficio en dos escenarios: tanto en el de las pérdidas como en el de las ganancias y siempre en el marco que establece la ley.

Tener la contabilidad al día y controlada es otra de las mejores maneras de cuadrar cuentas, lo mismo que contar con los servicios de nuestra gestoría en Madrid Una manera de delegar un asunto para el que hay poca broma. Aquí el desconocimiento te puede costar, cuanto menos, dinero de tus arcas. También, independientemente de si has ganado o has perdido.

Los planes de pensiones y las deducciones previstas para 2021 han generado cierto nerviosismo entre los que han elegido esta opción. Respira hondo y cálmate, en este post te vamos a contar todas las novedades que necesitas saber.

¿Qué ha cambiado en 2021?

La Agencia Tributaria ha anunciado que las deducciones se reducen, por lo que deberás hacer más números que nunca para calcular lo que podrías ahorrarte al presentar tu declaración de la renta o acudir a una asesoría laboral en Madrid. En el siguiente listado te quedarán más claros los cambios que entran en vigor para el año que viene:

  • Reducción en el IRPF para los planes de pensiones de los que era titular tu cónyuge. Tenían un límite de aportación de 2500 euros anuales. Ahora será solo de 1000 euros.
  • La rebaja por aportaciones a tu plan de pensiones era en 2020 de hasta 8000 euros anuales o el 30 % de los rendimientos del trabajo. En 2021 llegará hasta los 2000 euros anuales (con el mismo porcentaje). Si es la empresa la que les paga un plan de pensiones a sus empleados, la horquilla alcanza los 10 000 euros anuales.
  • En 2020 podías aportar a tu plan de pensiones hasta 8000 euros. A partir de 2021, solo 2000.

Las personas con discapacidad

Estas personas también pueden disponer de su plan de pensiones. Sus aportaciones tendrán que cumplir con lo siguiente:

  • No exceder de un máximo de 24 250 euros anuales si el aporte lo realiza la persona discapacitada.
  • Mantener un límite de 10 000 euros en los ingresos efectuados por los familiares, el cónyuge o la persona que acoja o tutele a quien sufra la discapacidad.
  • No exceder de 24 250 euros sumando la cifra de las dos aportaciones anteriores.

La reducción se practica primero sobre la cifra que ingrese la persona discapacitada. Si esta cantidad no llega a los 24 250 euros, se siguen haciendo deducciones del resto de aportaciones. No olvides que las personas que aporten dinero pueden ser investigadas por Hacienda para que aclaren la procedencia del capital utilizado.

¿Qué sucede si tienes un plan de pensiones con el que mantienes un patrimonio?

En este caso, sigues beneficiándote de la deducción, pero sobre los 2000 euros anuales de aportación máxima. Es muy importante que tengas claro que esta reforma no conlleva ni la desaparición de los planes de pensiones ni la rentabilidad obtenida hasta la fecha.

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¿Cómo puedes ahorrar más?

Hasta el 31 de diciembre de 2020 puedes aportar 8000 euros, por lo que sería conveniente apostar por esta alternativa y disfrutar de la deducción correspondiente mientras sea posible.

Ten en cuenta que aportar más de lo permitido supone el pago de una sanción por el 50 % del importe elegido. Si se trata de ahorrar para tu futuro, esta no parece ser la alternativa más adecuada.

¿Qué van a hacer los bancos al respecto?

Es una incógnita. De hecho, la rentabilidad de los planes con interés fijo era mínima, por lo que la aportación de un máximo de 2000 euros anuales hará que esta opción no tarde en bajar. Por otra parte, el mercado podría abrirse y provocar que personas jóvenes comenzaran a contratar este servicio progresivamente si las condiciones son las más apropiadas para ello. El tiempo nos aclarará esta duda.

Por lo tanto, si disponemos de un plan de pensiones, no hemos de preocuparnos por nada. A partir de ahora, deberemos aportar solo 2000 euros y, según parece, trabajar hasta los 75 años.

 

Llega el final del 2021 y muchos empresarios empiezan a pensar en sus obligaciones fiscales respecto al impuesto de sociedades último trimestre. Se trata de uno de los momentos clave del año, el cierre. En este momento es esencial que las cuentas estén al día y bien cuadradas, para evitar recargos o sanciones. Esto solo es posible contando con la colaboración de asesores especializados en la materia.

Impuesto de sociedades al final del 2021

En el último trimestre de este año muchos empresarios tienen que ajustar las cuentas para presentar una información clara y veraz. A veces puede resultar una tarea compleja, especialmente en años de crisis como el 2021. Sin duda, ha sido un año marcado por la pandemia del COVID-19 y por las ayudas que muchas empresas han tenido que solicitar. Aspectos como estos hacen que muchas compañías necesiten algo de ayuda para este ejercicio tributario.

En diciembre es el momento de hacer lo que se denomina el cierre contable, que incluye la información total sobre ingresos, gastos y beneficios. Es importante diferenciar los beneficios en bruto y netos, así como justificar de forma adecuada los pagos que pueden deducirse. Esto quiere decir que muchos gastos de tu empresa se restan de los beneficios totales, haciendo que no tributen las empresas más de lo que deberían. En algunos casos, esto puede evitar a todo tipo de empresarios tributar dos veces por las mismas actividades.

El ejercicio tributario de final de año no es fácil, por lo que muchos cometen fallos. Algunos hacen declaraciones poco realistas que se reflejan en recargos posteriores. En un momento de especial debilidad para las empresas, este tipo de detalles no pueden dejarse sin atar. Por otro lado, hay personas que hacen presentaciones poco elaboradas en las que no deducen muchos gastos aplicables. Esto significa que han declarado unos beneficios pero que se ven lastrados por costes que no se reflejan en la declaración. Si Hacienda no está al día con estos costes, puede interpretar que la solvencia de tu empresa es mayor y aplicar tramos más exigentes.

Contar con nuestra asesoría fiscal en Madrid será una ayuda para cualquier empresa. No importa el sector, ya que estamos acostumbrados a lidiar con todo tipo de mercados. A la hora de pagar el impuesto de sociedades del último trimestre, hay sectores que tienen mayores dificultades para reunir toda la información. Diversos motivos condicionan que estos empresarios puedan verse perjudicados por las propias dinámicas de su mercado a la hora de declarar impuesto de sociedades.

 

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Lo ideal es trabajar con el cliente desde el primer momento, analizando paralelamente las actividades de la empresa y clasificando pagos e ingresos. Esta es la manera de llegar al día de la declaración con el trabajo medio acabado. Es en este momento en el que hay que entregar el llamado modelo 202 de pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. Actualmente, el plazo está abierto de forma oficial hasta el día 20 de diciembre, aunque posteriormente habrá diferentes procesos de reclamaciones. En este proceso participan por inconformidad tanto los empresarios como la autoridad fiscal.

Es importante recordar la importancia de realizar un buen trámite del impuesto de sociedades en último trimestre, para cerrar el año de forma positiva y sin sobresaltos. Lo ideal es contar con una asesoría de empresas o pymes que te permita ir calculando a medida que pasa el año las cantidades de esta declaración. Así, podrás tener un balance más o menos realista en tus manos antes incluso de entregar el modelo 2020 y gozarás de tranquilidad en tus ejercicios financieros de fin de año.