Las retribuciones en variable son un elemento salarial que tiene que estar registrado en la nómina. Te hablamos de cómo la legislación española obliga a que se incluya este aspecto.
Los distintos tipos de retribuciones
Hay tres tipos de retribuciones en los contratos laborales: fija, variables o en especie. En todos los casos, y este matiz es importante, hablaremos de salario y lo diferenciaremos de pluses y complementos que se cobran por otros motivos.
Retribución fija
La valoración fija es aquella que está sujeta a un pago de una determinada cantidad todos los meses, quizás con un aumento en función del IPC o según dicte el Convenio Colectivo. Es importante señalar que los aumentos ya están pactados de antemano, de manera que no podemos hablar en ningún caso de una retribución variable.
Esta es la principal retribución que se cobra en la mayoría de los contratos, sobre todo en los del sector industrial, construcción y gran parte de los servicios.
Retribución variable
Las retribuciones variables son aquellas que están sujetas al cumplimiento de un determinado objetivo. Estos bonus también están establecidos, aunque el porcentaje puede variar y sí hay una correspondencia directa entre el rendimiento y lo que se cobra
Lo normal es que este tipo de contrato se firme en sectores como el comercial y, en ocasiones, las retribuciones variables son más cuantiosas que las fijas. También hay otros sectores en los que esta forma se aplica, como el deporte o los directivos.
Retribución en especie
Finalmente, las retribuciones en especie son aquellas contribuciones no monetarias que también forman parte del salario. Aunque es una fórmula en desuso, suelen incluirse derechos que habían obtenido en el pasado los trabajadores de grandes empresas y que se contractualizan. Las retribuciones en especie se aplicaban para todo tipo de compañías.
Hay una creencia errónea que considera que las retribuciones variables no tienen que estar reguladas, y nada más lejos de la realidad. Es conveniente que sepas cómo se registran para que no tengas problema si haces un contrato con este formato.
También te va a interesar: Derechos laborales, ¿es España un país que los proteja?.
Cómo se registran las retribuciones variables
Las retribuciones variables tienen que estar contractualizadas y, además, registradas a través de un sistema de medición propio. Si bien puedes elegir la medición, si es importante que informes y que lo tengas establecida antes de firmar el contrato. La legislación da un amplio margen para establecer el criterio de medición pero. una vez que se consensúe, se tiene que cumplir.
Esto implica que no se puede actuar desde la arbitrariedad y, en consecuencia, convendrá que en el acuerdo conste cuáles van a ser las retribuciones variables y los criterios que se utilizarán. Así podrás ofrecer seguridad jurídica a ambas partes, que sabrán a qué pueden atenerse. Uno de los problemas recurrentes de este tipo de retribución es que, por desconocimiento, se generan conflictos que acaban en el juzgado.
Si hay un cambio de criterios de medición y en el contrato esta eventualidad no está prevista, lo mejor sería redactar un nuevo documento para evitar problemas. La jurisprudencia indica repetidamente que los sistemas variables son una parte del contrato y que hay que incluirlos para que no haya ningún tipo de problema.
En definitiva, cualquier tipo de retribución variable tiene que estar explícitamente incluida en el contrato, indicando cantidades y porcentajes que se aplican. Si tienes dudas de cómo redactar el contrato, es fundamental que pidas asesoramiento.
En conclusión
Los autónomos y PYMES suelen desconocer determinados detalles de la legislación laboral. Y, precisamente por eso, es bueno contar con un asesoramiento especializado como el que te ofrece BKF Asesores.