Tipos de epígrafes de la seguridad social

Los distintos tipos de epígrafes de la seguridad social están relacionados directamente con la cotización. Repasamos, a continuación, cuáles son y cómo te afectan.

Epígrafes de la seguridad social

Se dividen en tres grandes grupos donde entran los distintos tipos de trabajadores existentes:

  • Actividades empresariales. Se incluyen todas las relacionadas con el comercio, la hostelería, obras y servicios y ganadería.
  • Actividades profesionales. Incluye a los profesionales que ofrecen algún servicio concreto (abogados, periodistas, etcétera).
  • Actividades artísticas. Has de elegir esta opción si te dedicas al mundo del arte, del espectáculo o del deporte.

 

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Cada actividad a realizar está ligada a un código de IAE. Es recomendable consultar la lista oficial para conocer tu grupo. Solo es necesario utilizar el código más indicado para rellenar los documentos de inscripción tanto en la seguridad social como en en la Agencia Tributaria.

Tipos de cotizaciones

También se dividen en diversos grupos. Dependiendo del tuyo, así sabrás cuánto has de abonar.

Régimen General

Hay siete grupos de cotización distintos: ingenieros y licenciados (grupo 1), ingenieros técnicos (grupo 2), jefes administrativos y taller (grupo 3), ayudantes no titulados (grupo 4), oficiales administrativos (grupo 5), subalternos (grupo 6), auxiliares administrativos (grupo 7), oficiales de primera y de segunda (grupo 8), oficiales de tercera y especialistas (grupo 9), peones (grupo 10) y trabajadores menores (grupo 11). Cotizan de la siguiente forma:

  • Los del grupo 1 tienen una base mínima de 1466, 10 euros y una máxima, compartida con los siete primeros grupos de 4 070,10.
  • Los del grupo 2 tienen una base mínima de 1215, 90.
  • La base mínima de los del grupo 3 es de 1 057,80.
  • Los de los grupos que van del cuatro al siete (ambos inclusive) afrontan una base mínima de 1 050 euros.
  • Los trabajadores de los grupos del ocho al once tienen una base mínima de 35, 70 euros y una máxima de 135, 67.

Todos ellos abonan un 4, 70 % de su sueldo por contingencias comunes y la misma cantidad por el resto de horas extraordinarias. Por horas extraordinarias abonan el 2 %.

Por cuenta propia agrarios

Tienen una base mínima de 944, 70 y una máxima de 4 070,10. Pagan el 18, 75 % del sueldo (cobrando una cantidad entre 944, 40 y 1 133, 40 mensuales) y el 26, 50 % de la cuantía que sobrepase los 1 133, 40 euros.

Empleados del hogar

Dependerá del sueldo que perciban y de la horquilla en que se encuentre el mismo tal y como ahora se indica:

  • Hasta 240 euros mensuales, la base mínima es de 206.
  • Entre 240 y 375, de 340.
  • Entre 375.01 y 510, de 474.
  • Entre 510, 01 y 645, de 608.
  • Entre 645, 01 y 780, de 743.
  • Entre 780, 01 y 914, de 877.
  • Entre 914, 01 y 1 050, de 1 050.
  • Entre 1050, 01 y 1 144, de 1 097.
  • Entre 1 144, 01 y 1 294, de 1 232.
  • A partir de 1 294, 01, la base mínima será la retribución que se cobre.

Autónomos

La base mínima es de 944, 40 y la máxima de 4 070, 10 euros mensuales. Se te recomienda, de formar parte de este grupo de trabajadores, informarte al detalle de todas las características de tu cotización para conocer mejor la cantidad que debes determinar en los impresos correspondientes.

Como acabas de comprobar, resulta imprescindible el conocer todo lo relativo a tu epígrafe y tipo de cotización para disfrutar de los derechos correspondientes. Revisando la información anterior, te será mucho más sencillo conseguir este objetivo.

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