Probablemente hayas oído hablar alguna vez de la dificultad que supone constituir una empresa en España. Es cierto que el proceso, en algunos países, es más sencillo, pero tampoco es una misión imposible realizarlo aquí. Te contamos los pasos que debes dar.
Pasos para dar de alta tu empresa
Si ya has evaluado tu idea de negocio y tienes un plan de empresa, debes dar los pasos siguientes:
1. Elige la forma jurídica que mejor se ajusta a tu proyecto. A la hora de constituirla, ten en cuenta el programa CIRCE, ya que te permite crear algunas formas societarias por vía telemática, tales como empresario individual o autónomo, sociedad de responsabilidad limitada (SRL), sociedad limitada nueva empresa (SLNE) o comunidad de bienes.
2.Piensa en el nombre de tu empresa y obtén del Registro Central la certificación negativa de que esa denominación no la ostenta ya otra sociedad. Se la conoce como CNN. La puedes tramitar de forma presencial en el Registro mercantil, por correo o de forma telemática.
3. Abre una cuenta en una entidad bancaria a nombre de la sociedad e introducir el capital social. Esta cantidad varía en función del modelo societario que escojas. Así, para una sociedad limitada, por ejemplo, la cantidad mínima que debes ingresar es de 3005,06 €. Una vez lo hagas, el banco te proporciona un certificado de ingreso que debes presentar posteriormente al notario.
4.Redacta los estatutos. Son las normas que van a regir en tu empresa. Si estás familiarizado con el tema, los puedes redactar tú mismo, o bien, encargárselo a tu asesoría o a tu abogado que están más acostumbrados. En ellos, debe figurar el nombre de la empresa y su forma jurídica, si es de duración indefinida o no, el domicilio, objeto y capital social con el que parte, prohibiciones sobre las participaciones y el título de propiedad sobre las mismas, el libro de registro de socios, las reglas sobre la transmisión de las participaciones y tipos de transmisiones. También deben indicar las normas que rigen la junta general y el órgano de administración, la representación de la sociedad, el régimen del consejo de administración, la duración del ejercicio social y las cuentas anuales, y la forma de disolverla y liquidarla.
5. Debes ir a un notario para hacer la escritura pública de constitución de la sociedad. Para que la pueda realizar, debes aportarle los estatutos sociales, la certificación negativa del Registro Mercantil, la certificación de la cuenta del banco, el DNI de los socios y la declaración de inversiones exteriores si tú o alguno de tus socios sois extranjeros.
6. Solicita el NIF provisional de la sociedad. Te lo tramita la Agencia Tributaria. Debes rellenar el modelo 036 y aportar tu DNI y una fotocopia de la escritura de constitución. La Agencia te debe proporcionar las etiquetas y tarjetas identificativas. Este NIF tiene una validez de seis meses. Luego, debes solicitar el definitivo.
7. Date de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE). Para ello, debes darte de alta en el epígrafe que se ajusta a tu actividad. Lo habitual es que estés exento de pagar este impuesto, especialmente al principio, porque solo tributan aquellas sociedades que facturan más de un millón de euros al año.
8. Debes tramitar la declaración del IVA o censal ante la Agencia Tributaria.
9.Inscribe tu sociedad en el Registro Mercantil de tu provincia. Tienes dos meses desde que obtienes la escritura de constitución para inscribirla. Debes aportarla junto a una fotocopia del NIF y el certificado negativo del nombre.
Como puedes apreciar, son unos trámites muy estructurados y muchos de ellos los puedes realizar de forma telemática, especialmente si eres autónomo. Si no tienes tiempo o no deseas invertirlo en su tramitación, no dudes en ponerte en manos de especialistas. Te ahorran algún quebradero de cabeza.
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