Si eres autónomo, seguro que alguna vez has necesitado información sobre la solicitud de quitas con la Seguridad Social o con Hacienda. Ten en cuenta que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó cambios en la ley concursal, que pueden afectarte. Por lo tanto, es importante que tengas toda la información.
La reforma concursal para autónomos
El BOE refleja en su publicación del 6 de septiembre diferentes medidas que renuevan el concurso de acreedores, y que son importantes mejoras. Incluso, se incluye un procedimiento especial si eres autónomo.
Una de las más importantes es la posibilidad de blindar la vivienda y el negocio, si se da la situación que lleva a un embargo. También hay que destacar que se reducen los trámites, lo que implica procedimientos más rápidos y económicos. En el mismo sentido, hay que destacar el aumento hasta 10 000 euros de quita con la Seguridad Social o Hacienda.
La activación de los cambios
De todos modos, por mucho que te interesen estas novedades, debes tener claro que todos estos cambios no entrarán en vigor a la vez. A continuación, te explicamos cuáles son las nuevas leyes.
Exoneración de la deuda pública
Una de las primeras medidas que ha entrado en vigor desde el mismo 6 de septiembre es la exoneración de hasta 10 000 euros de la deuda pública, con un límite de hasta 20 000 euros. Esto evita que tengan que recurrir a la vía judicial para liberarse de estas obligaciones. Hay que señalar que se beneficiarán de este cambio todos los nuevos procesos que se inicien, mientras que no está claro que sucederá con los que ya están en marcha. Este cambio en el límite de dinero encaja dentro de lo reflejado en la Ley de Segunda Oportunidad.
Nuevo concurso de acreedores
El siguiente cambio importante que tendrá lugar se sitúa a partir del próximo 1 de enero. Se centra en un nuevo concurso de acreedores especial para micropymes con menos de 10 trabajadores. Este procedimiento específico de insolvencia deberá realizarlo el empresario a través de un test digital.
Este procedimiento de acreedores está especialmente adaptado a las necesidades de las empresas más pequeñas, por lo que su procedimiento está simplificado al máximo. Entre otras cosas, se les reconoce el derecho a tener asistencia jurídica gratuita para todos los trámites que se van a realizar dentro de este trámite especial.
Protección de tu negocio o vivienda
La tercera reforma importante en las quitas de autónomos es la protección del negocio o de la vivienda, si el negocio ha llegado al concurso de acreedores. Esto está vigente desde el pasado 19 de octubre para todos aquellos autónomos que tengan deudas y se declaren insolventes. Si no puedes hacer frente a tus obligaciones, gracias a la Ley Crea y Crece, podrás evitar que el juez haga vender tu patrimonio para pagar a los acreedores. Hay que recordar que esto incluía hasta ahora los bienes presentes y futuros.
La reforma legal explicita la configuración de «un procedimiento de segunda oportunidad más eficaz, ampliando la relación de deudas exonerables e introduciendo la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos». ¿Qué significa esto? Esencialmente, que podrás conservar tu vivienda habitual y tus activos empresariales básicos. Por lo tanto, las deudas no te ahogarán económicamente.
En definitiva, el sistema de quitas existente hasta ahora se ha reformado de manera importante. La publicación de las novedades en el BOE te demostrará que, como autónomo, a partir de ahora tienes opciones suficientes para seguir hacia adelante, sin tener que poner en peligro todo tu patrimonio cuando tu negocio tenga algún problema importante.